miércoles, 3 de agosto de 2016

DECLARAN EN EMERGENCIA 14 DISTRITOS DE YAUYOS POR DESASTRE, CAUSADO POR BAJAS TEMPERATURAS (HELADAS Y FRIAJE).

  


DECLARAN EL ESTADO DE EMERGENCIA EN ALGUNOS DISTRITOS Y PROVINCIAS DE CATORCE (14) DEPARTAMENTOS DEL PAÍS, POR DESASTRE, CAUSADO POR BAJAS TEMPERATURAS (HELADAS Y FRIAJE)

DECRETO SUPREMO Nº 055-2016-PCM EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA 

CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 68.5 del artículo 68 del Reglamento de la Ley Nº 29664, que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD), aprobado por Decreto Supremo Nº 048-2011-PCM, en concordancia con el numeral 9.2 del artículo 9 del Decreto Supremo Nº 074-2014- PCM, que aprueba la Norma Complementaria sobre la Declaratoria de Estado de Emergencia por Desastre o Peligro Inminente, en el marco de la Ley Nº 29664, del Sistema Nacional de Gestión de Riesgo de Desastres (SINAGERD), excepcionalmente, la Presidencia del Consejo de Ministros, puede presentar de oficio al Consejo de Ministros la Declaratoria de Estado de Emergencia de la zona afectada por un peligro inminente o la ocurrencia de un desastre, previa comunicación de la situación, y propuesta de medidas y/o acciones inmediatas que correspondan, efectuado por el Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI).


Artículo 1.- Declaratoria del Estado de Emergencia. Declárese el Estado de Emergencia por desastre por bajas temperaturas, en el ámbito geográfico de los distritos, en las provincias de los departamentos Apurímac, Arequipa, Ayacucho, Cusco, Huancavelica, Huánuco, Junín, Lima, Moquegua, Pasco, Puno y Tacna (por heladas), y de los departamentos de Madre de Dios y Loreto (por friaje), señalados en Anexo – Distritos afectados por Bajas Temperaturas (Heladas y Friaje) 2016, que forma parte integrante del presente Decreto Supremo; por un plazo de sesenta (60) días calendario, para la ejecución de acciones de respuesta inmediatas y necesarias destinadas a reducir el impacto de los daños ocurridos.


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