DECLARAN EL ESTADO DE EMERGENCIA EN ALGUNOS DISTRITOS Y
PROVINCIAS DE CATORCE (14) DEPARTAMENTOS DEL PAÍS, POR DESASTRE, CAUSADO POR
BAJAS TEMPERATURAS (HELADAS Y FRIAJE)
DECRETO SUPREMO Nº 055-2016-PCM EL PRESIDENTE DE LA
REPÚBLICA
CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 68.5
del artículo 68 del Reglamento de la Ley Nº 29664, que crea el Sistema Nacional
de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD), aprobado por Decreto Supremo Nº
048-2011-PCM, en concordancia con el numeral 9.2 del artículo 9 del Decreto
Supremo Nº 074-2014- PCM, que aprueba la Norma Complementaria sobre la
Declaratoria de Estado de Emergencia por Desastre o Peligro Inminente, en el
marco de la Ley Nº 29664, del Sistema Nacional de Gestión de Riesgo de
Desastres (SINAGERD), excepcionalmente, la Presidencia del Consejo de
Ministros, puede presentar de oficio al Consejo de Ministros la Declaratoria de
Estado de Emergencia de la zona afectada por un peligro inminente o la
ocurrencia de un desastre, previa comunicación de la situación, y propuesta de
medidas y/o acciones inmediatas que correspondan, efectuado por el Instituto
Nacional de Defensa Civil (INDECI).
Artículo 1.- Declaratoria del Estado de Emergencia.
Declárese el Estado de Emergencia por desastre por bajas temperaturas, en el
ámbito geográfico de los distritos, en las provincias de los departamentos
Apurímac, Arequipa, Ayacucho, Cusco, Huancavelica, Huánuco, Junín, Lima,
Moquegua, Pasco, Puno y Tacna (por heladas), y de los departamentos de Madre de
Dios y Loreto (por friaje), señalados en Anexo – Distritos afectados por Bajas
Temperaturas (Heladas y Friaje) 2016, que forma parte integrante del presente
Decreto Supremo; por un plazo de sesenta (60) días calendario, para la
ejecución de acciones de respuesta inmediatas y necesarias destinadas a reducir
el impacto de los daños ocurridos.
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