jueves, 4 de junio de 2015

SE SALVO DE LA REJA PROFESOR JUAN CARLOS DAGA ACUSADO POR EL DELITO CONTRA LA FAMILIA - OMISIÓN A LA ASISTENCIA FAMILIAR EN AGRAVIO DE SUS MENORES HIJOS.

El 01 de Junio del presente  el docente Juan Carlos Daga Villalobos al escuchar la lectura de su Sentencia N° 049-2015-2°JPU-CSJCÑ, donde se dictó la Reserva del Fallo Condenatorio por el periodo de UN AÑO Y SEIS MESES A CONDICIÓN de que el indicado CUMPLA las siguientes REGLAS DE CONDUCTA:


1. La prohibición de frecuentar lugares que sean proclives a la Comisión de delitos o lugares de dudosa reputación.
2. La prohibición de AUSENTARSE del lugar donde reside sin autorización del juzgado respectivo.
3. La obligación de concurrir al local del Juzgado de Investigación Preparatoria respectivo como órgano de ejecución de la presente sentencia, el último día hábil de cada mes a informar sobre sus actividades, firmando el Libro correspondiente.
4. No incurrir en similar delito durante el periodo de prueba.


Se fija por concepto de reparación civil la suma de trecientos y 00/100  nuevos soles a razón de ciento setenta y cinco para cada uno de los menores agraviados.


Resuelve – declarar CONSENTIDA LA SENTENCIA, y REMITASE los autos al tercer juzgado de investigación preparatoria para su ejecución.

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