El Director Regional de Salud, Dr. Gary Orlando Poemape
Francia, informo que el día de ayer martes 12 de Marzo, se publico en el Diario
Nacional “El Peruano”, el Decreto Supremo Nº 045-2013-EF, en el cual autorizan
el Crédito Suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el año
Fiscal 2013 a favor de diversas entidades públicas, en el marco de la Primera
Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29951 – “Ley de Presupuesto del
Sector Público para el Año Fiscal”.
Al respecto, precisó que mediante Decreto de Urgencia
051-2007, se constituyo el Fondo del D.U. Nº 037-94, que es de carácter
intangible, orientado al pago de deudas por concepto del beneficio establecido
en el decreto de urgencia Nº 037-94.
Asimismo, resaltó que el monto asignado al pliego
463-Gobierno Regional de Lima- Sector Salud, asciende a la suma de 1’494 440.00
(un millón cuatrocientos noventa y cuatro mil cuatrocientos cuarenta nuevos
soles), monto con el cual se realizará parte del pago de los devengados a los
trabajadores beneficiarios con sentencias judiciales y a los beneficiarios que
estén comprendidos en Ley Nº 29702, que no cuenten con sentencias judiciales.
Es preciso señalar, que este beneficio ha sido logrado
gracias al trabajo y esfuerzo de cada una de las Unidades Ejecutoras y la
Dirección Regional de Salud – Lima. Según el siguiente detalle:
* Red de Salud Barranca – Cajatambo
* Red de Salud Huaura – Oyón
* DIRESA-LIMA
* Red de Salud Chancay
* Red de Salud Huaral
* Red de Salud Chilca – Mala
* Red de Salud Cañete – Yauyos
* Hospital Rezola de Cañete
* Red de Salud Huarochirí
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